"Por lo que, la solicitud de la Corte superior de Justicia de Arequipa pasará a un banco de requerimientos por atender de todos los Distritos Judiciales a nivel nacional, y se evaluará según la disponibilidad y orden de prelación, previo análisis del Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal." (RESOLUCION ADMINISTRATIVA 000283-2024-CE-PJ).
Fuente: infojurisperu
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