Mostrando entradas con la etiqueta derechos antidumping. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta derechos antidumping. Mostrar todas las entradas

martes, 13 de junio de 2017

Derechos antidumping sobre las importaciones de cubiertos de acero inoxidable originarios de China


Norma legal: Resolución Nº 136-2017/CDB-INDECOPI.
Fecha de publicación: 12 de junio de 2017.
Extracto(s) de interés: 
Artículo 1º.- Mantener por un plazo de cinco (5) años, la vigencia de los derechos antidumping impuestos por Resolución Nº 004-2002/CDS-INDECOPI, prorrogados por Resolución Nº 082-2011/CFD-INDECOPI, sobre las importaciones de cubiertos de acero inoxidable de un espesor no mayor a 1.25 mm, originarios de la República Popular China. El plazo de cinco (5) años antes indicado se contabilizará a partir del 19 de julio de 2016, fecha de vencimiento del plazo de vigencia de los derechos antidumping en cuestión, establecido en el último examen realizado a tales medidas, según lo dispuesto en la Resolución Nº 082-2011/CFD-INDECOPI.
Artículo 2º.- Modificar la modalidad de aplicación de los derechos antidumping mencionados en el párrafo anterior, excluyendo del pago de tales medidas a aquellas importaciones de cubiertos de acero inoxidable de un espesor no mayor a 1.25 mm, originarios de la República Popular China, que registren precios FOB superiores a US$ 18,4 por kilogramo. En ese sentido, los derechos antidumping quedan fijados de acuerdo al siguiente detalle: [véase norma legal].

¿Necesita la asesoría de un Abogado especializado en este tema?
Entonces, solo tiene que enviar un mensaje (inbox) @InfoJurisPeru