jueves, 10 de septiembre de 2009

El Congreso vuelve a aprobar pena de cárcel por reincidencia en robos menores

El Pleno del Congreso acordó hoy insistir en el proyecto de ley que plantea *sancionar con pena efectiva de cárcel la reincidencia en los delitos de hurto simple y las lesiones dolosas. La norma, que había sido observada por el Poder Ejecutivo, fue nuevamente aprobada por 84 votos a favor, 5 en contra y ninguna abstención.

La autógrafa establece que la reincidencia se aplica para aquellos que, después de cumplir en todo o en parte una condena privativa de la libertad, incurren en un nuevo delito doloso en un lapso que no excede de los cinco años. Igual condición tendrán aquellos que hayan sido condenados por la comisión de faltas dolosas, por lo que su reincidencia constituye un agravante de la acción delictiva.

El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Rolando Sousa, explicó que la figura de la reincidencia se aplicará específicamente para los casos de robo y lesiones, que a la fecha son considerados como faltas.

Precisó que si un delincuente es detenido hoy por robar un celular o un bolso, y el valor de lo sustraído no supera los 550 nuevos soles (un sueldo mínimo vital), el hecho es considerado como falta menor.

En ese caso, el delincuente era llevado a la comisaría y posteriormente salía en libertad, pero con la modificación planteada para el Código Penal, ahora la sanción para esos delincuentes será la pena privativa de la libertad, si hay reincidencia.

La norma también establece una pena de hasta 12 años de prisión para quienes roben autopartes y vehículos, al considerar este hecho como delito agravado. Sousa detalló que el Código Penal establece en estos momentos una sanción carcelaria que fluctúa entre los 3 y 8 años, porque no se consideraba a estos hechos como robo agravado. La disposición indica además que el ladrón de un vehículo no puede acceder a la detención domiciliaria ni tener solo orden de comparecencia, con lo cual se garantiza su reclusión.

También plantea que quienes adquieran carros o autopartes robados, es decir, los llamados “reducidores”, serán pasibles de una sanción que fluctuará entre los 3 y 5 años de cárcel. La reincidencia en este delito, en dos ocasiones o más, dará origen a que se incremente la pena carcelaria impuesta.

Fuente:
http://peru21.pe/noticia/340231/congreso-vuelve-aprobar-proyecto-castigar-carcel-robos-menores

miércoles, 9 de septiembre de 2009

El lavado de activos en el Perú mueve US$ 3,250 millones al año

El jefe de la Comisión Nacional de Desarrollo y Vida sin Drogas (Devida), Rómulo Pizarro, informó que el lavado de activos en el Perú mueve unos 3,250 millones de dólares al año.

Añadió que tal delito constituye un problema para el Perú, y alertó que “mientras más desarrollado sea nuestro país, más difícil será detectar el ingreso de activos ilícitos en la economía”.

Pizarro enfatizó que la fiscalización de tal actividad ilícita constituye una de las entradas válidas para combatir el tráfico ilícito de drogas y estupefacientes.

El funcionario dio estas precisiones en la presentación del informe El lavado de activos en el Perú: diagnóstico y propuestas elaborado por Macroconsult, a solicitud de Devida.

En el documento se recomienda una mayor coordinación multisectorial para enfrentar el narcotráfico y el fortalecimiento de los sistemas de prevención para el lavado de activos.

El jefe de Devida precisó que el informe permitirá mejorar el trabajo que ya viene realizando desde hace algunos años el Comité Interinstitucional de Lucha contra el Lavado de Activos.

“Vamos a llevar adelante estas recomendaciones y dentro de un año podremos evaluar y ver cuánto hemos avanzado y cuánto nos falta, lo que queda claro es que no nos quedaremos con los brazos cruzados”, manifestó.

Otro de los aspectos contemplados por el informe es una revisión del sistema operativo y marco legal del delito de lavado de activos.

Además, recomienda que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del Perú asuma el completo liderazgo del sistema antilavado de activos en todos sus procesos y etapas.

Para Macroconsult, la gestión de la UIF debe ampliarse para supervisar sectores fuera del ámbito financiero porque el lavado de activos también se realiza a través de otros mecanismos.

Otra tarea que debe realizar este organismo es hacer seguimiento a los Informes de Inteligencia Financiera (IIF) que envía al Ministerio Público para la investigación del delito, porque su responsabilidad culmina actualmente con el envío del informe a la fiscalía.

Asimismo, el informe propone dar fuerza y obligatoriedad a los acuerdos del Comité Interinstitucional de Lucha contra el Lavado de Activos, que preside Devida.

Según el documento, el Perú se ubica en el puesto 12 de los países de América Latina que más dinero lava a través de canales bancarios y 14 en canales no bancarios.

El lavado de activos se realiza principalmente mediante la compra de bienes inmuebles, automóviles, joyas, la exportación del dinero ilegal y su depósito en países denominados paraísos financieros, la creación de empresas que requieren efectivo para funcionamiento y operaciones en el sistema financiero.

En el Perú, la Policía Nacional identificó que las técnicas más utilizadas para el lavado de activos son el trabajo de “pitufo” canalizando depósitos menores a 10 mil dólares, ya que cantidad no está sujeta a supervisión financiera.

Fuente:
http://peru21.pe/noticia/339850/lavado-activos-peru-mueve-us-3250-millones-al-ano

El Senado uruguayo aprobó la ley que permite la adopción a homosexuales

Reuters. El Senado uruguayo aprobó el miércoles una ley sobre adopción de niños que otorga a las parejas del mismo sexo iguales derechos que a los matrimonios heterosexuales, norma que según legisladores convierte al país en el primero en América Latina en permitirlo.

La nueva legislación, que deberá ser promulgada por el Poder Ejecutivo y que también incluye a las parejas de diferente sexo que no estén casadas, fue aprobada en la Cámara de senadores por 17 votos de los 23 presentes. La iniciativa fue impulsada por el partido de izquierda gobernante Frente Amplio.

“El punto central sigue siendo la selección de las familias, no importa que sean casados o no sean casados (...) Se equipara la posibilidad de adoptar de las parejas de unión civil con la de los matrimonios”, dijo la senadora oficialista Margarita Percovich.

Uruguay aprobó el año pasado una ley que permite las uniones civiles de personas del mismo sexo, que otorga derechos cercanos a los del matrimonio. Antes de esta norma, un integrante de una pareja homosexual podía adoptar pero a nivel personal y no como una familia. Este año, el Gobierno también permitió el ingreso de homosexuales a las Fuerzas Armadas.

La Iglesia manifestó días atrás su rechazo a la nueva normativa de adopciones y el centroderechista Partido Nacional votó en contra de la iniciativa.

“La familia es la base de una sociedad, este proyecto la debilita (...) establece la posibilidad de que (el niño) sea adoptado por parejas del mismo sexo, nos parece que está condicionando el libre albedrío de ese menor”, dijo el senador Francisco Gallinal, del opositor Partido Nacional.

Fuente:
http://peru21.pe/noticia/339789/senado-uruguayo-aprobo-ley-que-permite-adopcion-homosexuales