Norma legal: Decreto Supremo Nº 002-2017-TR.
Fecha de publicación: 6 de marzo de 2017.
Extracto(s) de interés:
Primera Disposición Complementaria Transitoria
En aquellas regiones en las que aún no se haya
implementado la correspondiente Intendencia Regional,
la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
(Sunafil), mediante decisión motivada, o a pedido
fundamentado de una Dirección o Gerencia Regional
de Trabajo y Promoción del Empleo, podrá ejecutar
actuaciones inspectivas dentro del ámbito de su
competencia.
En ambos casos, la Superintendencia Nacional
de Fiscalización Laboral (Sunafil) ejercerá la potestad
sancionadora a través de sus órganos competentes.
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