Norma legal: Ley Nº 30906.
Fecha de publicación: 10 de enero de 2019.
Extracto(s) de interés:
Artículo único. Incorporación del artículo 90-A en la Constitución Política del Perú
Incorpórase el artículo 90-A en la Constitución Política del Perú con el siguiente texto:
“Artículo 90-A.- Los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo período, de manera inmediata, en el mismo cargo”.
Incorpórase el artículo 90-A en la Constitución Política del Perú con el siguiente texto:
“Artículo 90-A.- Los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo período, de manera inmediata, en el mismo cargo”.
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