miércoles, 17 de julio de 2024

Sanción de multa a TELEFÓNICA DEL PERÚ por incumplir normas de migración del plan tarifario (Resolución 00012-2024-TA/OSIPTEL)

Declaran infundado Recurso de Apelación interpuesto por TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. contra la Resolución N° 206-2024- GG/OSIPTEL 
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE APELACIONES N° 00012-2024-TA/OSIPTEL 
«[...] A la fecha de la notificación del inicio del PAS, esto es, el 3 de abril de 2024, transcurrieron dos (2) años, once (11) meses y veintiocho (28) días, suspendiéndose en ese momento el cómputo del plazo de prescripción. Adicionalmente, de la revisión del apartado “antecedentes” de la presente resolución, se advierte que el procedimiento no ha estado paralizado por más de veinticinco (25) días hábiles por causa no imputable a TELEFÓNICA; por lo que no se ha producido el supuesto de reanudación del cómputo del plazo de prescripción. En efecto, desde el inicio del PAS hasta la emisión y notificación de la resolución de sanción (RESOLUCIÓN 206), ha habido un flujo constante de actuaciones procedimentales por parte del Osiptel (a través de sus órganos instructor y resolutivo) y de la citada empresa operadora. [...] 
SE RESUELVE: 
Artículo 1.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. contra la Resolución N° 206-2024-GG/OSIPTEL y, en consecuencia, confirmar todos sus extremos, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. [...]».
  
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