martes, 18 de junio de 2024

Expropiación de predios para obras en el Parque Ecológico Marcavalle (Ley 32062)

LEY Nº 32062 
LEY QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ LA EXPROPIACIÓN DE LOS PREDIOS CON PARTIDA REGISTRAL 11004604, 02027521, 02028527 Y PARTIDA MATRIZ 11002524 AS.38, PARA EL SANEAMIENTO FÍSICO-LEGAL DE LAS OBRAS PÚBLICAS DEL PARQUE ECOLÓGICO MARCAVALLE 
"Artículo 1. Autorización de la expropiación 
Se autoriza a la Municipalidad Distrital de Wanchaq la expropiación de los predios con Partida Registral 11004604, 02027521, 02028527 y Partida Matriz 11002524 As.38 de la Zona Registral X – Oficina Cusco, por ser de necesidad para el saneamiento físico-legal de las obras públicas del Parque Ecológico Marcavalle, ubicado en el distrito de Wanchaq de la provincia de Cusco del departamento de Cusco, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura. 
[...] Artículo 4. Pago de la indemnización justipreciada 
4.1. El pago de la indemnización justipreciada establecido para la expropiación es asumido por la entidad municipal, de conformidad al Informe Técnico de Tasación N° 04296-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC/TASACIONES, por el valor comercial de S/ 382 870,08 (trescientos ochenta y dos mil ochocientos setenta con 08/100 soles), tasación realizada por la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura. 
4.2. La fijación del valor de la tasación considera lo establecido en el artículo 13 del Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura. [...]". 

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