sábado, 7 de septiembre de 2024

Causal de retorno al procedimiento concursal especial (LEY 32113)

"El incumplimiento injustificado del cronograma de pago de las acreencias, que acumulen tres cuotas mensuales vencidas y consecutivas, supone la resolución y cancelación del plan de viabilidad, así como la pérdida del acogimiento a la presente ley por parte de la entidad deportiva, debiendo retornar al procedimiento concursal especial." (LEY 32113).

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