"Que, con los Oficios Nº 667-2024-CG PNP/SEC y Nº 668-2024-CG PNP/SEC, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú recomienda que se declare por el término de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia en los distritos de Ate, Ancón, Carabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, Lurigancho - Chosica, Puente Piedra, Rímac, San Martín de Porres, San Juan de Lurigancho, Santa Rosa y Villa El Salvador de la provincia de Lima del departamento de Lima y en el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao, sustentando dicho pedido en los Informes Nº 124-2024-COMOPPOL-DIRNOS-PNP/SEC-UNIPLEDU y Nº 125-2024-COMOPPOL-DIRNOS-PNP/SEC-UNIPLEDU de la Unidad de Planeamiento y Educación de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad, el Informe Nº 084-2024-REGION POLICIAL/UNIPLEDU-OFIPLO de la Región Policial Lima y el Informe Nº 052-2024-DIRNOS-REGPOL-CALLAO/SEC-UNIPLEDU-OFIPAP de la Región Policial Callao, a través de los cuales se informa sobre la perturbación al orden interno por el incremento del accionar criminal y la inseguridad ciudadana, derivados del aumento de la comisión de delitos de homicidios, sicariato, extorsión, tráfico ilícito de drogas, entre otros, en los distritos antes mencionados; adjuntándose para dicho efecto, los Dictámenes Nº 3273-2024-SECEJE/DIRASJUR-DIVDJPN-DEPACJ y Nº 3274-2024-SECEJE/DIRASJUR-DIVDJPN-DEPACJ de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú, que sustenta la tramitación de la propuesta normativa pertinente" (DECRETO SUPREMO 100-2024-PCM).
Fuente: infojurisperu
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