lunes, 23 de marzo de 2009

Procesos contra menores de edad en Chile

Cuando inauguró este año judicial, el presidente de la Corte Suprema afirmó que tanto los tribunales como los demás actores del sistema de justicia juvenil han cumplido sus funciones, ya que los jóvenes que cometen delitos son formalizados y juzgados, y se controla la ejecución de las medidas que se aplican. Señaló, además, que cada condena de un menor de edad es una derrota del sistema y, por ende, el éxito en esta área no puede medirse por un aumento de los indicadores (detenciones, formalizaciones y condenas), sino, al contrario, por una sensible baja de los mismos.

Existen países que cuentan con tribunales especiales para conocer de los delitos cometidos por menores, pero el sistema chileno funciona inmerso dentro del proceso penal general. Sin embargo, para responder adecuadamente a los particulares conocimientos que se requieren respecto de este grupo etario, la ley estableció que fiscales, defensores y jueces deben especializarse en materias propias de los sistemas de justicia juvenil. Esta especialización no debe concebirse como mera capacitación en los aspectos normativos, sino como un conocimiento más profundo de las características de la delincuencia juvenil, sus formas de desarrollo, y de los programas y medidas más eficaces en la interrupción de incipientes carreras criminales. Aunque la especialización es importante en todos los intervinientes de un proceso penal contra un joven, resulta crucial e imprescindible en los jueces y tribunales. La voluntad del legislador al establecer un sistema especial para conocer de los delitos cometidos por jóvenes es clara: no deben ser juzgados como adultos, ni recibir las mismas condenas.

Fuente:
http://blogs.elmercurio.com/editorial/2009/03/23/especializacion-de-jueces.asp

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