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jueves, 13 de junio de 2024

Continuidad de los procesos de formalización por COFOPRI en zonas de riesgo mitigables (Ley 32056)

LEY Nº 32056 
LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA IMPLEMENTAR LAS RECOMENDACIONES TÉCNICAS EMITIDAS POR LAS ENTIDADES COMPETENTES, A FIN DE SUPERAR EL RIESGO MITIGABLE, EN POSESIONES INFORMALES EN VÍAS DE FORMALIZACIÓN POR PARTE DEL ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL (COFOPRI)
«[...] Artículo 2. Finalidad de la Ley La finalidad de la presente ley es permitir la continuidad de los procesos de formalización emprendidos por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) y los gobiernos locales, en posesiones informales ubicadas en zonas de riesgo mitigables, siempre y cuando hayan superado las condiciones de riesgo, mediante el cumplimiento de recomendaciones técnicas, a fin de que la población involucrada pueda acceder a la titulación predial y a la dotación de servicios básicos, en condiciones seguras y sin exposición al peligro. 
Para tales efectos, las entidades competentes para emitir los informes de análisis de riesgo cuentan con siete días hábiles para cumplir con su remisión a la entidad formalizadora de la posesión informal, contados desde su solicitud. Para el caso de las entidades que tienen pendiente la remisión de los informes de análisis de riesgo, se establece un plazo excepcional de siete días hábiles contados desde la entrada en vigor de la presente ley. [...] 
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA 
ÚNICA. Modificación Se modifica el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley 31015, Ley que autoriza la ejecución de intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural, mediante núcleos ejecutores, en los siguientes términos: 
“Artículo 4. Definiciones 4.1. Intervenciones de infraestructura social básica: son inversiones de optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición (IOARR) y, las actividades para la ejecución de pequeñas obras, cuyo objeto es contribuir a satisfacer las necesidades básicas de la población rural o periurbana en situación de pobreza y extrema pobreza, entre ellas las vinculadas a infraestructura de centros educativos, puestos de salud, agua potable, letrinas, minipresas, reparación o apertura de trochas carrozables, puentes, muros de contención, redes secundarias de electrificación, y mejoramiento de vivienda social. Incluye, la ejecución de obras de defensa ribereña y todas las medidas estructurales necesarias para reducir los riesgos de la población, recomendados por parte de las entidades competentes en materia de dotación de servicios públicos y de otorgamiento de derechos de posesión y propiedad predial”. [...]» 
   
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martes, 10 de febrero de 2009

¿No se podría discutir un poco esta ley?

Por Mirko Lauer

Para los que necesitan hacerse un lugar bajo el sol de Lima, el sistema de la propiedad de los suelos seguramente aparece como injusto y antipático. Pero es obvio que pasar a ser propietario es precisamente acogerse a ese sistema, y convertirse en uno de sus beneficiarios. No está del todo seguro que ese sea el camino de la ley propuesta.

Desde los años 90 tenemos una suerte de capitalismo salvaje de la informalidad, el cual no debe ser confundido con el espíritu empresarial de los pobres. Más bien es un impulso que de un lado aprovecha el desamparo de los pobres frente al Estado y la gran empresa, y de otro surfea las incapacidades del Estado frente a los reclamos masivos.

Nos referimos a negocios ilegales de esta hora, como el del organizador de invasiones, el del alcalde que emite permisos para rutas de transporte fuera de su jurisdicción, a la imposición por la fuerza de mano de obra a los constructores, o los gestionadores de la emigración por lo bajo al hemisferio norte.

¿Qué palabra queremos usar? ¿Ilegal o informal? ¿Corrupción o recurseo? Al haberse escamoteado el debate, no se sabe realmente cuál es el enfoque de la ley propuesta en el caso de las invasiones, los asentamientos y las usurpaciones. Está en el interés de los propios ocupantes que el proyecto de ley sea debatido.

Fuente:
http://www.larepublica.pe/observador/10/02/2009/%C2%BFno-se-podria-discutir-un-poco-esta-ley