Acto administrativo: Resolución Nº 0121-2018/INDECOPI-SAM.
Fecha de publicación: 12 de enero de 2019.
Extracto(s) de interés:
FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:
Se declara la ilegalidad de las siguientes barreras burocráticas, impuestas por la Municipalidad Provincial de San Martín:
(i) La imposición de una calificación de evaluación previa con un plazo de cinco (5) días hábiles sujeto a un régimen de silencio administrativo positivo para la tramitación del procedimiento denominado “Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación sin Variaciones – para todas las modalidades A, B, C Y D”, en el extremo referido a la Modalidad A, contenida en el TUPA de la Municipalidad, aprobado por la Ordenanza N° 015-2013-MPSM y modificatorias, publicado en su portal web institucional, debido a que constituye una transgresión de lo dispuesto en el artículo 28 del TUO de la Ley N° 29090, en la medida que el referido procedimiento debe estar sujeto a una calificación de aprobación automática.
[...] (iii) La imposición de un plazo de quince (15) días hábiles para la tramitación del procedimiento denominado “Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación con Variaciones – Para Edificaciones con Licencia Modalidades C Y D”, contenida en el TUPA de la Municipalidad, aprobado por la Ordenanza N° 015-2013-MPSM y modificatorias, publicado en su portal web institucional, debido a que constituye una transgresión de lo dispuesto en el artículo 28 del TUO de la Ley Nº 29090, en la medida que el plazo para tramitar el referido procedimiento debe ser de quince (15) días calendario.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1256, se dispone la inaplicación con efectos generales, en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos que se vean afectados por las barreras burocráticas declaradas ilegales en el presente procedimiento. Este mandato de inaplicación surte efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la Resolución Nº 0121-2018/INDECOPI-SAM, la Resolución N° 155-2018/INDECOPI-SAM y la Resolución N° 222-2018/INDECOPI-SAM en la Separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
Se declara la ilegalidad de las siguientes barreras burocráticas, impuestas por la Municipalidad Provincial de San Martín:
(i) La imposición de una calificación de evaluación previa con un plazo de cinco (5) días hábiles sujeto a un régimen de silencio administrativo positivo para la tramitación del procedimiento denominado “Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación sin Variaciones – para todas las modalidades A, B, C Y D”, en el extremo referido a la Modalidad A, contenida en el TUPA de la Municipalidad, aprobado por la Ordenanza N° 015-2013-MPSM y modificatorias, publicado en su portal web institucional, debido a que constituye una transgresión de lo dispuesto en el artículo 28 del TUO de la Ley N° 29090, en la medida que el referido procedimiento debe estar sujeto a una calificación de aprobación automática.
[...] (iii) La imposición de un plazo de quince (15) días hábiles para la tramitación del procedimiento denominado “Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación con Variaciones – Para Edificaciones con Licencia Modalidades C Y D”, contenida en el TUPA de la Municipalidad, aprobado por la Ordenanza N° 015-2013-MPSM y modificatorias, publicado en su portal web institucional, debido a que constituye una transgresión de lo dispuesto en el artículo 28 del TUO de la Ley Nº 29090, en la medida que el plazo para tramitar el referido procedimiento debe ser de quince (15) días calendario.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1256, se dispone la inaplicación con efectos generales, en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos que se vean afectados por las barreras burocráticas declaradas ilegales en el presente procedimiento. Este mandato de inaplicación surte efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la Resolución Nº 0121-2018/INDECOPI-SAM, la Resolución N° 155-2018/INDECOPI-SAM y la Resolución N° 222-2018/INDECOPI-SAM en la Separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
¿Necesita la asesoría de un Abogado especializado en este tema?
Entonces, solo tiene que enviar un mensaje (inbox) @InfoJurisPeru
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nos gustaría saber su opinión, pero si necesita información sobre nuestros servicios, por favor comuníquese con nosotros por Telegram: https://t.me/infojurisperu