jueves, 26 de febrero de 2009

Multas por alojar inmigrantes ilegales en España

Entre tramas de corrupción y reacciones a controvertidas decisiones judiciales, prácticamente ha pasado desapercibida para el rigor de la actualidad diaria la notificación del Gobierno acerca de su anteproyecto de reforma de la no menos cuestionada en su día Ley de Extranjería. Según este proyecto, que todavía ha de llegar a la sede parlamentaria para su discusión y posible aprobación o anulación, el Ejecutivo socialista multará con hasta 10.000 euros a quien hospede y dé cobijo a un inmigrante que se encuentre en situación irregular en suelo español.

En el anteproyecto de la normativa se tipifica como una infracción grave que conlleva la máxima sanción citada «promover la permanencia irregular en España de un extranjero», como se regoge en el artículo 53 de la propuesta de reforma. Las sanciones oscilan entre los 501 y los 10.000 euros, aunque para determinarlas «se tendrán especialmente en cuenta todas las circunstancias personales y familiares» a la hora de proponer la sanción por cobijar a un inmigrante.

El texto de modificación de la Ley de Extranjería aprobado en Consejo de Ministros y que está a punto de comenzar su singladura parlamentaria, entiende que tal promoción se produce cuando el extranjero «dependa económicamente del infractor y se prolongue la estancia autorizada más allá del periodo legalmente previsto».

Fuente:
http://www.abc.es/20090226/nacional-nacional/inmigrantes-200902261833.html

Declaran ilegítima la amnistía en Uruguay

En una polémica sesión, el Parlamento de Uruguay se pronunció ayer en favor de la inconstitucionalidad de la amnistía a los militares y policías acusados de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura (1973-85), en consonancia con la posición adoptada hace una semana por el Poder Ejecutivo.

Con los votos del oficialismo, la Asamblea General, que reúne a ambas cámaras legislativas, declaró inconstitucional la llamada "ley de Caducidad" que en 1986 amnistió a los responsables de violaciones a los derechos humanos durante el régimen militar, pero específicamente para el caso de la militante comunista Níbia Sabalsagaray, asesinada en 1974.

La declaración fue aprobada con 69 votos entre 71 parlamentarios presentes (de un total de 130), tras un acalorado debate de 6 horas.

La instancia fue convocada por el vicepresidente de la República y titular de la Asamblea General, Rodolfo Nin Novoa, a partir de una consulta efectuada por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) sobre artículos de la ley de caducidad.

La mayoría de los legisladores de los opositores partidos Nacional y Colorado no ingresó a sala por entender que sólo la SCJ tiene atribuciones en este asunto.

La norma, sancionada en 1986 y ratificada en una consulta popular en 1989, también fue considerada inconstitucional por el Poder Ejecutivo, la pasada semana.

Aunque sientan un precedente histórico, estos pronunciamientos no son vinculantes para la Corte.

Fuente:
http://www.clarin.com/diario/2009/02/26/elmundo/i-01866184.htm

Vulneración del derecho a la intimidad en la web

"El mundo es hoy menos privado"

Por: Bruno Ortiz / Fernado González

El reciente caso de las imágenes —tomadas aparentemente con un celular— de tres agentes de policía semidesnudas y que luego fueron colgadas en Internet, ha concentrado la atención hacia lo sencillo que resulta hoy hacer un video o tomar una foto en cualquier situación, y también al poco reparo que tienen algunas personas —especialmente las más jóvenes— en compartir aspectos de su vida privada con cualquier otro.

Sin duda, el abaratamiento de los aparatos que toman fotos y videos, así como la explosión de la Web 2.0 (sitios que permiten al cibernauta publicar y compartir información con mucha facilidad) han contribuido a esta situación de manera directa.

“La intimidad por ley no puede ser violada. Quien capta fotografías o videos sin consentimiento o autorización de la persona incurre en ese delito, que está tipificado en el Código Penal”, explica el abogado Mario Amoretti.

En su opinión, la suspensión que le ha impuesto a las policías el Ministerio del Interior, quitándole dos meses de goce de haber, es desproporcionado. “Ellas fueron grabadas en el interior de un dormitorio”, explicó.

¿No es necesaria entonces la existencia de una legislación especial para estos casos, en los que la difusión de imágenes se hizo por Internet? Según Ruddy Medina, abogado especialista en temas informáticos, el 90% de las leyes existentes se pueden aplicar fácilmente a temas ligados con la web. “El 10% restante necesita de cierto detalle, pero para temas específicos, como darle validez legal a la firma digital o regular el acceso de menores a ciertos contenidos en cabinas”, dice.

Fuente:
http://www.elcomercio.com.pe/impresa/notas/mundo-hoy-menos-privado/20090226/251482

lunes, 23 de febrero de 2009

Congreso dará de baja a 20.000 leyes inservibles

La decisión política está tomada. Antes de julio, el Congreso de la República dará de baja a unas 20 mil leyes —de las casi 34 mil normas que actualmente forman parte del ordenamiento jurídico nacional— porque, simplemente, estas ya no sirven.

Esta será una primera reducción del actual espectro legal normativo, ya que luego de esta purga habrá una revisión más exhaustiva de cada una de las 14 mil leyes sobrevivientes, pues el objetivo final es que en nuestro ordenamiento legal solamente queden vigentes —posiblemente para el verano del 2010— no más de cinco mil normas.

Según dijeron ayer a El Comercio los congresistas Juan Carlos Eguren, de las filas de Unidad Nacional, y Santiago Fujimori, del Grupo Parlamentario Fujimorista, lo que el Congreso pretende es contribuir a limpiar el actual sistema normativo legal —al que tildaron de “frondoso y desordenado”— de aquellas disposiciones que ya cumplieron con su cometido.

La eliminación de estas leyes “basura” —como calificó el congresista Fujimori estas normas inservibles— se producirá en tres tandas. La primera será en marzo próximo, con la purga de 2.900 leyes y las otras dos depuraciones ocurrirán en mayo y julio próximos, coincidiendo con el fin de la actual legislatura parlamentaria.

Entre las normas que de todas maneras no formarán parte del actual espectro legal están unas cuatro mil leyes dictadas por anteriores congresos, con la única finalidad de regularizar el ascenso de generales, por ejemplo.

El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Juan Carlos Eguren (UN), explicó que la relación de estas normas que serán derogadas expresamente por el Poder Legislativo será publicada en una separata especial del diario oficial “El Peruano”, con la finalidad de recibir comentarios, sugerencias o quizás detectar alguna equivocación en la confección de esta nómina.

http://www.elcomercio.com.pe/impresa/notas/congreso-dara-baja-20000-leyes-inservibles/20090223/249994

viernes, 20 de febrero de 2009

Pasajeros mataron a tres delincuentes a pedradas

Para todos es conocido que la autopista Fernando Belaunde se ha convertido en uno de los blancos favoritos de los asaltantes de carreteras. Por eso, no fue una sorpresa que, el último miércoles, un grupo de cuatro delincuentes armados detuviera un ómnibus interprovincial que se trasladaba por esa vía para atracar a los pasajeros. Sin embargo, sí sorprendió la reacción que tuvo ese grupo de pobladores, el cual, cansado de la falta de seguridad y de la inacción de la Policía, decidió tomar la justicia en sus manos y mató a pedradas y machetazos a tres de los sujetos.

El hecho ocurrió en el tramo carretero entre Tocache y Juanjuí, en el sector de Punta Arenas, a una hora de la provincia de Mariscal Cáceres. Una pobladora que prefirió no identificarse relató que el asalto empezó a la 1:30 de la tarde, cuando los delincuentes –vestidos de militares y portando pistolas y escopetas– detuvieron la marcha del vehículo aprovechando el mal estado en que se encuentra la vía.

“Al chofer lo encañonaron y a los pasajeros nos obligaron a entregar el dinero y, luego, nos pusieron boca abajo. A las mujeres nos tocaron las partes íntimas en busca de dinero, y fue eso lo que indignó a una señora muy valiente, que arrojó una piedra a la cabeza de uno de los delincuentes”, manifestó una pobladora asaltada.

REACCIÓN VIOLENTA. La situación generó la inmediata reacción de los pasajeros, que atacaron a los asaltantes con todo lo que tenían a la mano y lograron reducir a tres, a quienes ataron de pies y manos. El hecho de que uno de ellos huyera del lugar con el botín indignó más a los pasajeros, quienes tomaron la decisión de matar a los sujetos a pedradas y a machetazos.
La Policía precisó que los tres fallecidos fueron identificados como Vicente Segura Fernández (28), José Santos Segura Fernández (26) y José Luis Urbina Cabrera (32), cuyos cuerpos permanecieron tirados en la vía por más de cuatro horas hasta que fueron llevados a la morgue de Juanjuí.

Fuente:
http://peru21.pe/impresa/noticia/pasajeros-mataron-tres-delincuentes-pedradas/2009-02-20/239154

martes, 17 de febrero de 2009

Regímenes laborales del Estado chileno

Para tener un Estado eficaz y eficiente, un elemento central son los equipos humanos y su compromiso con estándares de servicio de alta calidad. Los ciudadanos, que financian mediante sus impuestos las reparticiones públicas, merecen un buen trato. Dichos estándares difieren significativamente de una institución a otra, pero no hay un buen diagnóstico sobre las causas de tal fenómeno, porque se estudia poco al Estado chileno y, por tanto, las propuestas para reformarlo suelen ser demasiado generales o imprecisas. Tampoco se aprovecha la diversidad de experiencias para extraer lecciones que lleven a cambios sustanciales para mejorar su calidad de atención.

Al respecto, un factor de interés son los múltiples regímenes laborales que coexisten. La imagen típica de los servicios públicos es que ellos se rigen por un estatuto administrativo rígido y común para todos. La realidad es mucho más heterogénea. En el sector público conviven organismos que se rigen por el Código del Trabajo con otros ceñidos sólo a las normas tradicionales del sector público; también los hay con regímenes mixtos o estatutos propios. Para ingresar a las plantas, hay servicios con concursos cerrados sólo a funcionarios de esa misma repartición, y otros que abren a concurso público todos los cargos. Además, hay combinaciones de tales sistemas.

Tanta variedad es propicia para evaluar las distintas experiencias e ir definiendo una estrategia de mediano y largo plazo que avance hacia una regulación de los recursos humanos del Estado que asegure eficiencia en el uso de los recursos y eficacia en la provisión de servicios. Es irreal pensar que eso no se relaciona, en mayor o menor grado, con la naturaleza del régimen laboral de cada servicio. Especialmente interesante es que existan servicios regidos por el Código del Trabajo, porque una de las razones habituales para defender la inamovilidad mediante estatutos administrativos es la discrecionalidad que puede emerger en ausencia de esas protecciones -por ejemplo, despidos arbitrarios-. Pero, en la actualidad, la mayor transparencia que existe en la gestión pública y el mayor acceso a los medios de las personas afectadas por decisiones injustificadas aminoran algo esos temores.

El Estado chileno difícilmente podrá contribuir a la competitividad del país si no moderniza su gestión. Algunos servicios públicos han sabido aprovechar las flexibilidades disponibles en sus estatutos laborales, brindando una buena atención a la ciudadanía, pero sería un error pensar que bastaría nombrar en ellos a las personas adecuadas para asegurar una buena gestión. Sin una reforma profunda en los estatutos que rigen a la administración pública, basada en la experiencia existente, eso no va a ser posible. Se podrán hacer cambios marginales, pero nada que asegure que el Estado será un aliado de los ciudadanos y del crecimiento económico. No son reformas políticamente fáciles, pero, como ha ocurrido en otras materias complejas en el pasado, los cambios pueden introducirse sólo para los nuevos trabajadores del sector público o para aquellos que voluntariamente opten por trasladarse al nuevo marco.

Fuente:
http://blogs.elmercurio.com/editorial/2009/02/16/regimenes-laborales-del-estado.asp

Rechazo a prohibición de informar

En una breve pero importante resolución, la Corte Suprema confirmó esta semana la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró ilegal la prohibición decretada por un juzgado de garantía de difundir el nombre y fotografía de un abogado (Pedro Toledo Barrera) que había sido formalizado por estafa a uno de sus clientes. A juicio del máximo tribunal, el que recientemente, y luego de realizarse un juicio abreviado, Pedro Toledo fuera finalmente condenado por estafa y, además, por cohecho a funcionarios de la Corporación de Asistencia Judicial de La Ligua, hacía innecesario pronunciarse sobre el fondo del recurso.

Desde el punto de vista de la libertad de prensa, lo relevante de este fallo es que queda a firme el criterio que en octubre del año pasado estableció la Corte de Apelaciones de Santiago en cuanto a que "libertad de información sin censura previa es base esencial para la existencia de un Estado democrático (...) y su restricción sólo puede ser establecida por ley de quórum calificado, siendo, en consecuencia, contraria a la ley su restricción sin fundamento legal expreso". En efecto -y como ha sido también reiterado por nuestra doctrina-, fuera de los casos específicos que la ley contempla, no puede ningún tribunal decretar una prohibición, ni aun bajo la pretendida finalidad de proteger la intimidad, el honor o la presunción de inocencia de las personas, que impida a los medios difundir informaciones.

Cabe recordar que la facultad de los jueces para decretar una prohibición de informar fue derogada, tras un prolongado y público debate, en el año 2001, con la dictación de la Ley N° 19.733 (Ley de Prensa), que reemplazó a la Ley sobre Abusos de Publicidad. Por otra parte, éste no era uno de aquellos casos en que la ley expresamente prohíbe difundir la identidad de los sometidos a juicio o condenados, como ocurre, por ejemplo, en el caso de los menores de edad o cuando se trata de ciertas hipótesis previstas restrictivamente en la Ley de Drogas u otras leyes especiales.

Fuente:
http://blogs.elmercurio.com/editorial/2009/02/14/rechazo-a-prohibicion-de-infor.asp

Más muertos por decretos de García

El responsable del Área de Derechos Económicos y Sociales de la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh), Wilfredo Ardito, dijo ayer a LA PRIMERA que la cantidad de civiles muertos por la Policía aumentó desde la promulgación de los decretos legislativos del uso de la fuerza (982, 983, 988 y 989), impulsados por el presidente Alan García en agosto del 2007.

“La cantidad de fallecidos aumentó porque los efectivos policiales saben que no serán procesados gracias a estos decretos legislativos. Antes, las muertes causadas por la Policía eran entre 3 a 11 muertos por año. Después de la promulgación de los referidos decretos, hay hasta 60 muertes por año”, sostuvo.

El especialista explicó que los decretos permiten, por ejemplo, que la Policía detenga a los que considera sospechosos y efectúe detenciones masivas sin necesidad de la presencia de un fiscal. Inclusive, según Ardito, las detenciones pueden ocurrir después de haber transcurrido 24 horas de ocurrido el hecho y la presencia del fiscal ya no es requerida en el momento de tomar la declaración de los detenidos.

Fuente:
http://www.diariolaprimeraperu.com/online/noticia.php?IDnoticia=33227

En EE. UU. jueces enviaban injustamente a jóvenes a prisión a cambio de dinero

Se acumulan demandas colectivas contra dos jueces estadounidenses que reconocieron haber enviado a cientos de jóvenes a prisiones o centros disciplinarios privados con penas desproporcionadas a sus delitos a cambio de 2,6 millones de dólares, informó un portavoz el lunes.

Los jueces de Pensilvania Marco Ciavarella y Michael Cohahan reconocieron ante la justicia la semana pasada “haber celebrado un acuerdo para garantizar el suministro de jóvenes delincuentes” para una firma privada de administración de prisiones, PA Child Care. Recibieron a cambio compensaciones financieras de 2,6 millones de dólares entre 2000 y 2007, según documentos judiciales.

Están acusados de conspiración por fraude contra Estados Unidos ante una corte federal de Pensilvania.

Entre los casos, recibidos en testimonio (...), figura el de un joven que fue enviado nueve meses a un centro de detención por haber robado un frasco de nuez moscada que valía 4 dólares, mientras otro de 13 años debió acudir a un centro de rehabilitación durante varios fines de semana por incursionar en un edificio abandonado.

Fuente:
http://www.diariolasamericas.com/news.php?nid=72460

En Argentina absolvieron a la mujer que mató al marido mientras él la golpeaba

Señores, se ha hecho justicia, muy buenas tardes". Con esa frase, el presidente del Tribunal Oral 4 de La Matanza puso ayer el punto final para el caso de Graciela Aguirre, quien en medio de una pelea en su casa mató a su marido, mientras él la golpeaba. Fue después de informar que los jueces habían decidido absolverla del cargo de homicidio simple que pesaba contra ella por decisión del fiscal que investigó el caso.

Para resolver en forma tan expeditiva la situación de Aguirre, los jueces tuvieron en cuenta los testimonios que ayer, en la primera audiencia del juicio, hicieron la propia mujer, su hija adolescente (que había sido testigo del crimen el día de la pelea) y el portero del edificio donde ocurrió la tragedia, el 4 de abril de 2007.

Además, resultó fundamental la decisión del fiscal del juicio, Ariel Panzoni, quien ayer, en contraposición con su colega de instrucción, resolvió no acusar. Fue porque entendió que Aguirre actuó en legítima defensa, como establece el artículo 34 del Código Penal, que exime a la persona involucrada en un hecho violento cuando actúa en defensa propia o de terceros.

Había sido un relato cargado de angustia, recordando el momento trágico. Aquel día, Avila había bebido una botella entera de vodka (Aguirre contó que el hombre ya tenía problemas con el alcohol y que por eso lo echaban del trabajo) y que, totalmente ebrio, la atacó.

"Fue a la cocina, trajo un manojo de cuchillos, tomó uno y me atacó; yo traté de quitárselo, el ya le había pegado al nene de 4 años (es el hijo de la pareja) y a mi hija le había roto un vaso de vidrio en la cabeza", dijo ayer Aguirre.

Y siguió: "Forcejeamos, el se cayó pero volvió a agarrar el cuchillo y empezó a tirar puñaladas; mi hija se había puesto en el medio para defenderme... después lo empujé, cayó contra una puerta y ahí le tiré el cuchillazo... estaba parado y después cayó en la cama; ahí es cuando me doy cuenta de que le había pegado una cuchillada en la garganta. Corrí a taparle la herida pero no pude hacer nada", contó la mujer sin parar de llorar. Fue un momento estremecedor.

El testimonio de su hija también tuvo un tinte dramático. La chica recordó que la botella de vodka que Avila bebió ese día, él se la había sacado a un grupo de sus amigos, que aquella tarde se reunieron en su casa para festejar el cumpleaños de una amiga. Como la chica es menor, durante su declaración no hubo ni fotógrafos ni camarógrafos en la sala.

Precisamente este tema fue lo que motivó que ayer, después de absolverla, el tribunal también dispuso que se envíe a la Suprema Corte bonaerense un reclamo por los organismos que no actuaron cuando la mujer denunció abusos por parte de su marido.

Fuente:
http://www.clarin.com/diario/2009/02/17/policiales/g-01860409.htm

viernes, 13 de febrero de 2009

TC dispuso reposición de alumna embarazada de la Escuela de la Policía Nacional del Perú

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda interpuesta a favor de doña Nidia Yesenia Baca Barturén y ordenó su reincorporación en el plazo de tres días, a la Escuela Superior Técnica de la Policía de Chiclayo, de la que había sido separada por su condición de gestante, bajo apercibimiento de aplicarse las medidas coercitivas prescritas en el Código Procesal Constitucional.

Así lo dispuso en la sentencia recaída en el expediente Nº 05527-2008-PHC/TC, declarando que las Escuelas de formación de la Policía Nacional del Perú se encuentran impedidas de separar a alguna alumna y/o cadete por su estado de embarazo.

Dispuso además, que se remitan copias de lo actuado al Fiscal Penal de Lambayeque, a fin de que se investigue y determine si los hechos y comportamientos descritos en los fundamentos de la presente sentencia constituyen delitos y se notifique la sentencia al Ministerio del Interior y a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, para que realicen los actos de ejecución de lo ordenado e investigue si los hechos constituyen faltas.

En el presente caso, la recurrente se encontraba llevando el curso de oficial en la Escuela Superior Técnica de la Policía de Chiclayo, alegó que desde que fue conocida su condición de gestante, ella ha sufrido tratos discriminatorios y otras afectaciones a sus derechos al interior de dicha Escuela, incluyendo el haber sido internada injustificadamente en el Hospital Regional de la Sanidad de la Policía de Chiclayo por las autoridades policiales.

En primer lugar, el TC, en aplicación del artículo VIII del Código Procesal Constitucional decidió reconvertir el proceso de hábeas corpus inicialmente planteado por un recurso de amparo, con el fin de poder pronunciarse sobre el fondo de la controversia. En segundo lugar, el Tribunal analizó las obligaciones internacionales del Perú en materia de derechos de la mujer, centrándose en la participación de la mujer en la Policía Nacional.

En el presente caso, la discriminación se constituyó por las actuaciones llevadas por los demandados en la Escuela Superior Técnica de la Policía de Chiclayo, una vez que se tomó conocimiento de que la recurrente estaba embarazada, dificultando el ejercicio normal de su formación académica. Para el TC, estas acciones son una violación del derecho a la igualdad de oportunidades, así como del derecho al desarrollo integral de toda persona.

Finalmente, se concluye que los actos llevados a cabo contra la recurrente son inconstitucionales puesto que privar a una alumna del derecho a la educación y de su formación profesional como policía, por su mera condición de ser una mujer embarazada, constituye un acto de discriminación no solo contra la mujer, sino contra el derecho del que está por nacer.

Fuente:
http://www.tc.gob.pe/notas_prensa/nota_09_015.html

Decisión de la Suprema Corte bonaerense sobre Caso Cabezas

"Caso Cabezas: deberá cumplir perpetua el ex comisario de Pinamar"

Por: Rodolfo Lara

La Suprema Corte de Justicia resolvió que Alberto "La Liebre" Gómez, ex comisario de Pinamar, deberá cumplir la condena de prisión perpetua por liberar la zona para facilitar el secuestro y asesinato del reportero gráfico José Luis Cabezas, en enero de 1997.

El fallo revoca la sentencia del Tribunal de Casación bonaerense que benefició a Gómez con una reducción de su pena a 24 años y dejaba el camino abierto para que, en poco tiempo más, obtuviera la libertad condicional.

Para justificar su decisión, la Cámara de Casación modificó el encuadre legal y atenuó la responsabilidad de Gómez. Pero la Corte estableció que en la causa están acreditados: la existencia de una "zona liberada", de un "tramado de complicidades" y de un "complot para matarlo", a Cabezas.

Gómez fue condenado en 2002, en un proceso judicial conocido como "Cabezas II", un desprendimiento de la causa madre en la que fueron condenados Gregorio Ríos, jefe de la custodia del empresario postal Alfredo Yabrán, varios oficiales de la bonaerense y cuatro ladrones conocidos como "Los Horneros".

Gómez fue hallado responsable de "sustracción de persona agravado por el resultado de muerte, en concurso ideal por el homicidio simple" como "partícipe necesario". Casación cambió la carátula por "privación ilegítima de la libertad calificada por el uso de violencia en concurso real con el de homicidio simple", como "partícipe primario". Y rebajó la pena. La justicia atribuye a Gómez haber facilitado la captura de Cabezas en Pinamar, por un grupo de policías y rateros que, instigados por Yabrán, lo asesinaron luego en una cava de General Madariaga.

Fuente:
http://www.clarin.com/diario/2009/02/13/elpais/p-01857947.htm

La mafia también está globalizada

El testimonio del escritor italiano Roberto Saviano, autor de una investigación exhaustiva que le ha costado amenazas y condenas a muerte y lo obligan a vivir escondido, ha tenido el valor de mostrar la expansión de la mafia y sus negocios a escala transnacional. El mapa de esta redes delictivas y criminales se ha extendido a escala mundial y a la más diversa gama de negocios, desde el tráfico de drogas y armas y el lavado de dinero hasta el contrabando y emprendimientos e inversiones en gran escala cuyo financiamiento es difícil de dilucidar.

Allí donde no llegan las regulaciones y controles en el flujo de divisas y transacciones comerciales y allí donde se producen las grandes brechas internacionales entre la demanda y la oferta de seguridad personal, oportunidades de negocios o acceso a un empleo precario, es donde se afincan, crecen y se expanden estas organizaciones a la vez piramidales y descentralizadas, capaces de camuflarse como empresas de rápido crecimiento o de cooptar o extorsionar a funcionarios y políticos ubicados en lugares neurálgicos del poder.

El crecimiento de las mafias es un fenómeno contemporáneo al proceso de globalización que sale a la luz en sus facetas más brutales a medida que dicho proceso revela sus fisuras. Cuando desertan los poderes públicos y fallan los mecanismos de control institucional, judicial y social, se deja el espacio por el cual penetran las organizaciones ilícitas y redes criminales. Como está comprobado, una vez instaladas es cada vez más difícil erradicarlas, con graves consecuencias para las sociedades.

La expansión de las organizaciones mafiosas es un fenómeno contemporáneo a la globalización que sale a la luz en sus facetas más brutales a medida que dicho proceso revela sus fisuras.

Fuente:
http://www.clarin.com/diario/2009/02/13/opinion/o-01858027.htm

jueves, 12 de febrero de 2009

En Argentina regulan la investigación médica con pacientes

"Regulan la investigación médica con pacientes"

La Provincia [de Buenos Aires] reglamentó una ley para regular las investigaciones con medicamentos o nuevos procedimientos de diagnóstico y tratamiento en seres humanos, dentro de los establecimientos sanitarios, tanto públicos como privados.

De esta manera, laboratorios o institutos de investigación podrán presentar protocolos para desarrollar nuevas técnicas de tratamiento en salud. Para eso, se creará una comisión de ética integrada por especialistas del ministerio de Salud y científicos que complementará la tarea del ANMAT, explicaron en La Plata.

Los ensayos con pacientes en hospitales estaban suspendidos desde el año pasado en Buenos Aires. Ahora, el ministro Claudio Zin dictó la reglamentación de la ley 11.044, de Investigación en Salud, aprobada en 1990.

"Hasta ahora no se habían creado los organismos necesarios para efectuar un control de los ensayos clínicos que, si bien en buena parte de los casos son indispensables para lograr avances científicos, deben ser realizados con estrictos controles para no poner en riesgo la salud de las personas", explicó Zin.

En el gobierno explicaron que la normativa es única en el país y así el Estado pone en vigencia el control de todos los ensayos clínicos.

De acuerdo con la disposición, cuando la ciencia descubra nuevos medicamentos o procedimientos para atenuar o curar enfermedades será indispensable superar todas las fases de investigación. Desde el primer paso en un tubo de ensayo de un laboratorio, la posterior prueba en animales y, al final, el ensayo en personas sanas y afectadas por la patología.

La ley establece que las investigaciones con seres humanos estarán a cargo de investigadores con título de profesional en salud y experiencia acreditada. Cada práctica de investigación en seres humanos deberá tener la aprobación por escrito del paciente, aseguran.

Fuente:
http://www.clarin.com/diario/2009/02/12/sociedad/s-01857240.htm

Valor de las muertes por accidentes de tránsito

"Polémica por valor que el Mideplan asigna a las muertes por accidentes de tránsito"

Por Matías Chomali

Las muertes por accidentes de tránsito se valoran tres veces menos en Chile que en el extranjero. Al menos eso hace pensar el método utilizado por Mideplan, que estima en US$ 100 mil ($61 millones) la muerte de una persona por un accidente vial, en comparación con los US$ 343 mil ($209 millones) que calcularon expertos de la Universidad Católica (UC) con la metodología que ocupan países como EE.UU., el Reino Unido y Suecia.

Pero más que una diferencia de cálculo, esto resulta de vida o muerte, si se considera que de este valor dependen los niveles de seguridad que el gobierno incorpora a las calles y carreteras.

En Chile, el costo de una muerte está subestimado, según diversos estudios del Departamento de Transporte de la UC. "Las consecuencias prácticas de esto es que se estarían construyendo rutas con un menor estándar de seguridad. Si se considerara el costo correcto, podrían estar evitándose muertes", explica Luis Rizzi, uno de los académicos a cargo del estudio.

"Obligatoriedad de las sillas de seguridad para los niños, luces encendidas en carreteras y prohibición de celulares" son algunas de las medidas tomadas por el Gobierno para reducir los accidentes, dice Emilio Oñate, de la Comisión Nacional de Seguridad del Tránsito (Conaset). Según la autoridad, éstas se justifican en que el "90% de los accidentes son por culpa del usuario".

Francisco Frésard, experto en seguridad vial de la UC, contradice esta teoría. "Ese discurso implica una autocomplacencia, porque significaría que frente a esos accidentes, nada se puede hacer", replica. El experto cita un estudio realizado en Europa, donde se tomaron 700 casos en los cuáles la policía había atribuido toda la culpa al usuario. La investigación concluyó que en el 68% de los eventos, la causa fue un deficiente diseño vial.

¿Cómo se calcula el costo de una vida?

Cada vez que se sube al auto, existe una pequeña probabilidad de accidente, que puede aumentar o disminuir dependiendo de las decisiones que tome. Por ejemplo, si resuelve viajar en una ruta con menos accidentes, pero con un peaje más alto, implícitamente está pagando más por mayor seguridad.

Este es el razonamiento para calcular el costo de una vida utilizado en países como Suecia, EE.UU. o Reino Unido, la misma de los expertos de la UC. Este método consiste en encuestas que presentan situaciones tales como elegir entre dos carreteras que, hipotéticamente, unen Santiago y Valparaíso, siendo una más cara, pero más segura que la otra. A partir de las respuestas, se calcula cuánto estaría dispuesto a pagar una persona por reducir el riesgo de accidentes en la ruta. Los estudios realizados en varias oportunidades dan una cifra cercana a los US$ 343 mil para una muerte.

En Mideplan, el valor de la vida humana se calcula en base al concepto de capital humano, que sólo considera lo que un ciudadano promedio deja de aportar productivamente a la economía, pero no considera la pérdida de bienestar del individuo. En este caso, el valor sería de unos US$ 100 mil.

Fuente:
http://blogs.elmercurio.com/economiaynegocios/2009/02/09/polemica-por-valor-que-el-mide.asp

252,065 predios a nivel nacional podrían formalizarse con Ley de Expropiaciones

Por María Elena Castillo.

La polémica Ley de Expropiaciones promulgada por el presidente Alan García no contó con las opiniones de todos los involucrados, pues se sustentó básicamente en informes oficiales, como el elaborado por la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri).

Según el documento, al que La República tuvo acceso, existen en el país 252 mil 65 predios pendientes de formalización que están ubicados en propiedades privadas, de los que solamente 50 mil 960 no tenían otra vía de regularizar su situación más que a través de la expropiación.

El informe precisa que el 80% de los lotes pendiente de titulación podrían formalizarse mediante procedimientos de declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio o por regularización del tracto sucesivo, así como por reversiones o conciliación. Y admite que solo el 20% restante no tenía otro camino posible más que la expropiación.

Precisa que el beneficio alcanzará a las 50,960 familias que viven en dichos lotes, compuestas por aproximadamente 254 mil 800 personas.

Fuente:
http://www.larepublica.pe/archive

Peláez: Fujimori no podrá ser indultado

El fiscal supremo, José Peláez, sostuvo ayer que, de ser condenado a la cárcel, el ex dictador Alberto Fujimori no podrá ser indultado, debido a la gravedad de los delitos de homicidio con agravantes y otros que se le imputan; ni podrá reducir su carcelería por beneficios penitenciarios, por el mismo motivo.

Peláez, en un diálogo con los corresponsales extranjeros, dijo también que apelará si el ex gobernante fuera condenado a una pena menor a los 30 años de prisión que el Ministerio Público ha solicitado, por considerarlo autor mediato de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta.

“Consideramos que existe una gran cantidad de indicios que nos llevan a la convicción de que Fujimori es autor mediato de los delitos que se le imputan”, dijo Peláez, quien estimó que la sala que juzga al ex dictador podría emitir su sentencia aproximadamente a mediados de marzo próximo.

Según el fiscal supremo adjunto, Avelino Guillén, Fujimori fue el jefe de un aparato de poder que construyó para combatir el terrorismo con métodos de guerra sucia, a través del destacamento Colina y tuvo su dominio y control para asegurar el resultado criminal de eliminar y dar muerte a supuestos terroristas.

Fuente:
http://www.diariolaprimeraperu.com/online/noticia.php?IDnoticia=32877

miércoles, 11 de febrero de 2009

Más de 80 mil parejas se divorciarían este año

Más de 80 mil parejas, a nivel nacional, habrían iniciado el año pasado sus trámites de divorcio en el Poder Judicial por mutuo acuerdo, por lo que en los próximos meses se emitiría su resolución. Así lo informó a Perú.21 el Instituto Peruano de Administración Municipal (IPAM), tras referir que el promedio de separaciones ha crecido en los últimos años, sobre todo entre cónyuges que no superan los 30 años de edad.

CAUSALES. Marco Tulio Gutiérrez, director de la institución, manifestó que al menos un 80% prefiere disolver su vínculo aduciendo la figura legal del 'mutuo acuerdo’.

“Solo en Lima serán 27 mil parejas las que se separarán en 2009. La tendencia a recurrir al divorcio rápido –mecanismo legal para acelerar la separación mediante notarías o municipios– todavía no está generalizada, pero, sin duda, lo estará dentro de poco”, aseguró el experto tras mencionar que los distritos con mayor tendencia son San Borja y Miraflores, con 3,468 y 2,760 expedientes, respectivamente, que deberán resolverse en los próximos 12 meses.

“Aunque en el divorcio rápido no se requiere de un abogado, quien desee una mejor protección de sus intereses puede contratar a uno como conciliador. En especial si lo que se busca es decidir la tenencia de los hijos menores o definir la repartición de bienes”, acotó el experto.

Mientras tanto, el decano del Colegio de Notarios, César Bazán Naveda, expresó que, desde inicios de mayo del 2008 –cuando entró en vigencia la denominada ley del divorcio rápido–, cerca de 1,250 parejas han acudido a diversas notarías del país para separarse en menos de tres meses.
“Creemos que la cifra se duplicará durante el 2009. Y en los próximos años igualaremos a los divorcios judiciales”, aseveró.

Fuente:
http://peru21.pe/impresa/noticia/mas-80-mil-parejas-se-divorciarian-este-ano/2009-02-11/238339

Alan García promulgó ley a favor de invasores

A pesar de las críticas y del pedido expreso de la Municipalidad de Lima de dar más tiempo al debate sobre la ley que autoriza la expropiación de terrenos invadidos antes del 2004, el presidente Alan García decidió adelantar ayer su promulgación.

El mandatario aprobó dicha norma en Palacio de Gobierno, aun cuando la ministra de Vivienda, Nidia Vílchez, había anunciado el lunes que esa aprobación estaba programada recién para la siguiente semana.

“Lo que queda es que el Colegio de Abogados de Lima, la fiscal de la Nación o cinco mil ciudadanos presenten una acción de inconstitucionalidad”, recomendó el abogado Mario Amoretti, quien opina que con dicha promulgación se vulnera el derecho elemental a la propiedad privada en el país.

Si bien el presidente aseguró que vigilará que no se convaliden usurpaciones propiciadas por traficantes de terrenos, para Amoretti la ley no pone filtros ni límites sobre los predios que pueden ser expropiados. Señaló que la norma deja carta libre para la legalización de invasiones de todo tipo, incluso sobre terrenos cuya propiedad se debate en procesos judiciales. “La ley debió consignar sus límites de manera expresa; de lo contrario, su futuro reglamento no podrá garantizarnos nada”, señaló.

El Ejecutivo respondió que presentará al Congreso una lista clara de asentamientos humanos, su historial y el número de pobladores. Aclaró también que la indemnización por justiprecio se pagará antes de la formalización de la expropiación. Luego, los beneficiados deberán reembolsar ese dinero al Estado.

Para el consultor de Cofopri, Miguel Cavero, el Ejecutivo está acatando la Ley 28687, que en el 2006 estableció que solo deberían formalizarse los terrenos invadidos hasta el 31 de diciembre de 2004. “En ningún caso se deben formalizar terrenos ocupados con posterioridad”, dijo.

Fuente:
http://www.elcomercio.com.pe/impresa/notas/alan-garcia-promulgo-ley-favor-invasores/20090211/244435

martes, 10 de febrero de 2009

¿No se podría discutir un poco esta ley?

Por Mirko Lauer

Para los que necesitan hacerse un lugar bajo el sol de Lima, el sistema de la propiedad de los suelos seguramente aparece como injusto y antipático. Pero es obvio que pasar a ser propietario es precisamente acogerse a ese sistema, y convertirse en uno de sus beneficiarios. No está del todo seguro que ese sea el camino de la ley propuesta.

Desde los años 90 tenemos una suerte de capitalismo salvaje de la informalidad, el cual no debe ser confundido con el espíritu empresarial de los pobres. Más bien es un impulso que de un lado aprovecha el desamparo de los pobres frente al Estado y la gran empresa, y de otro surfea las incapacidades del Estado frente a los reclamos masivos.

Nos referimos a negocios ilegales de esta hora, como el del organizador de invasiones, el del alcalde que emite permisos para rutas de transporte fuera de su jurisdicción, a la imposición por la fuerza de mano de obra a los constructores, o los gestionadores de la emigración por lo bajo al hemisferio norte.

¿Qué palabra queremos usar? ¿Ilegal o informal? ¿Corrupción o recurseo? Al haberse escamoteado el debate, no se sabe realmente cuál es el enfoque de la ley propuesta en el caso de las invasiones, los asentamientos y las usurpaciones. Está en el interés de los propios ocupantes que el proyecto de ley sea debatido.

Fuente:
http://www.larepublica.pe/observador/10/02/2009/%C2%BFno-se-podria-discutir-un-poco-esta-ley

La siempre peligrosa legitimación de las invasiones

Como informa hoy nuestro Diario [El Comercio], no es la primera vez que en el país se han dado normas para legitimar algún tipo de invasión. El denominador común ha sido casi siempre atender una “necesidad pública”, aunque en el fondo se ha pretendido ganar votos en épocas electorales o simplemente elevar la popularidad de los regímenes de turno. Así, bajo la premisa “un invasor, un voto”, se ha consagrado una práctica demagógica que, en realidad, legaliza un hecho delictivo: la invasión de una propiedad pública o privada por parte de terceros.

Por ello preocupa que este Gobierno no haga la diferencia y, lo peor, dé una norma demasiado abierta y laxa que ordena expropiar todo terreno privado que haya sido invadido antes del 2004, a fin de que pase a ser propiedad de sus ilegales ocupantes.

Además, el Ejecutivo y también el Legislativo han pasado por alto el artículo 70 de la Constitución, cuando reconoce que el derecho a la propiedad es inviolable y nadie —y menos el Estado— puede privar de su propiedad a una persona, a menos que existan razones de seguridad nacional o de necesidad pública.

Nos preguntamos qué pasará con los cientos de demandas judiciales, presentadas en los últimos años, de quienes han sido despojados de sus propiedades, generalmente, por grupos de invasores a su vez engañados o no por traficantes de terrenos que hoy deben estar celebrando la dación de esta polémica ley de expropiación.

Haría bien el Gobierno en explicar con base en qué recursos abonará a los verdaderos propietarios de los terrenos expropiados el pago del justiprecio correspondiente. En principio, en el Ministerio Público hay 1.588 denuncias por invasiones y, según la Corte Superior de Lima, al año se apelan unos 80 juicios para definir la posesión de un predio.

Fuente:
http://www.elcomercio.com.pe/impresa/notas/siempre-peligrosa-legitimacion-invasiones/20090210/243950

viernes, 6 de febrero de 2009

Sistema sancionador de tráfico en España

El nuevo procedimiento sancionador de trafico
Por PERE NAVARRO OLIVELLA | DIRECTOR GENERAL DE TRÁFICO
Viernes, 06-02-09

En seguridad vial, como en tantas cosas de la vida, una medida lleva a la siguiente en un proceso continuo de mejora y progreso. Y aquí el permiso por puntos ha jugado un papel decisivo. Entró en vigor el 1 de julio de 2006 y todos estábamos pendientes de sus resultados. A finales de julio descubrimos que no habíamos descontado ningún punto, lo mismo pasó a finales de agosto y de septiembre y sólo a finales de octubre empezaron a descontarse los primeros puntos. Los medios de comunicación nos preguntaban cómo iba el permiso por puntos y lo único que podíamos responder era que el proceso sancionador era lento pero seguro. La verdad era que el procedimiento sancionador era largo, farragoso, complicado, incomprensible y absurdo y aquí todos coincidimos en que era necesaria su revisión y actualización.

¿Por qué? Porque el sistema sancionador de tráfico es un elemento básico y fundamental de la política de seguridad vial. Porque los países que obtienen mejores resultados en la reducción de la siniestralidad son los que disponen de políticas sancionadoras más ágiles y eficaces. Especialmente Francia y Portugal, habían adoptado en los últimos años iniciativas para afrontar el mismo problema con buenos resultados. Y porque descubrimos que no era suficiente aumentar los guardias y poner radares, que no era suficiente formular las denuncias, además había que procesarlas y tratarlas adecuadamente si queríamos dar coherencia al conjunto de la política de seguridad vial.

¿Cómo lo hicimos? Hacia febrero del año 2007 se constituyó un grupo de trabajo de expertos bajo la dirección del Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Alcalá de Henares, don Miguel Sánchez Morón, con el encargo de redactar un borrador de la Ley. Aún recordamos aquellas interminables tardes en que nosotros exponíamos los problemas y ellos proponían las posibles soluciones. Todos aprendimos mucho, nos abrieron nuevos horizontes que ni siquiera nos habíamos planteado y nos dio seguridad jurídica sobre el resultado. Si los máximos expertos en derecho administrativo del país lo avalaban es que estábamos en el buen camino. En julio nos entregaron un texto que se fue enriqueciendo y afinando en un grupo de trabajo interno, liderado por Ramón Ledesma, Subdirector de Normativa. Esta fase duró bastante más de medio año y al final salió un texto conocido en la casa como «ley Ledesma» por la pasión puesta por su autor.

Fuente:
http://www.abc.es/20090206/opinion-tercera/nuevo-procedimiento-sancionador-trafico-20090206.html

jueves, 5 de febrero de 2009

Violaban a jovencitas para convertirlas en atacantes suicidas

BAGDAD [AP]. La llamaban “Madre de los Creyentes” y su tarea era reclutar jovencitas para ataques suicidas. El método lo explicó ella misma ante una cámara: las mandaba violar y luego las convencía de que solo podrían lavar su vergüenza si cometían un ataque suicida. Con esos y otros recursos convirtió algunas almas atormentadas en atacantes letales.

El relato, presentado ayer en video por la policía de Iraq, presenta una oportunidad poco usual de conocer el funcionamiento de las redes que buscan y entrenan a mujeres suicidas, últimamente una de las herramientas más poderosas de los insurgentes, a medida que tratan de mantener la lucha a pesar de todos los intentos de erradicarlos.

En una entrevista en la cárcel, en presencia de sus interrogadores, la mujer identificada como Samira Ahmed Jassim (50) dijo que ayudó a planear las violaciones de varias jóvenes a las que luego convenció de que se convirtieran en atacantes suicidas.

Los ejércitos de EE.UU. e Iraq han dicho con frecuencia que los insurgentes reclutan a mujeres y niños vulnerables como atacantes, aunque sin proporcionar muchas pruebas al respecto. Así, se dijo que dos mujeres que se mataron en un atentado el año pasado en Bagdad padecían síndrome de Down, lo que luego resultó ser exagerado. Tampoco se había podido comprobar de manera independiente el supuesto uso de las violaciones como mecanismo para reclutar a las mujeres en la violenta provincia de Diyala, en el noreste de Bagdad.

Fuente:

http://www.elcomercio.com.pe/impresa/notas/violaban-jovencitas-convertirlas-atacantes-suicidas/20090205/241482

miércoles, 4 de febrero de 2009

Congreso facilita titulación de invasores

Por Alonso Ramos

La Comisión Permanente del Congreso aprobó el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que prioriza la entrega de terrenos ocupados por informales hasta el 31 de diciembre del 2004.

La aprobación tuvo como telón de fondo la marcha que realizaron hasta la sede del Poder Legislativo miles de personas que habitan en los asentamientos humanos.

De acuerdo a la norma promovida por el gobierno, y aprobada por 24 votos a favor y una abstención, “se tiene en calidad de beneficiarios a los ocupantes informales de los terrenos materia de expropiación”.

Según el dispositivo, entidades del Estado como el Ministerio de Vivienda, el Organismo de Formalización de Propiedad Informal (Cofopri) o las municipalidades correspondientes serán los que requieran la venta del terreno para los ocupantes a los propietarios originales, previa evaluación.

Marco. El gobierno planteó la modificatoria del artículo 21 de la Ley de Desarrollo de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos.

Argumentos. Se indica que con la formalización del terreno se busca que los beneficiarios ingresen a la economía formal siendo sujetos a crédito en el mercado nacional. Asegura que la normativa traerá un clima de paz social.

Fuente:
http://www.larepublica.pe/archive

martes, 3 de febrero de 2009

Eutanasia en Italia

"Hasta que todo acabe no volveré a hablar. Después, veremos si tiene sentido decir algo o no". Así respondía a la prensa en la tarde del martes el padre de Eluana Englaro, la mujer sumida en coma desde hace 17 años cuyo caso ha movilizado a gran parte de Italia y es objeto de una intensa batalla jurídica y política desde hace más de 10 años.

Beppino Englaro desafió el martes al Vaticano y al Gobierno de Italia, trasladando a su hija a una clínica privada de Udine, donde está previsto que en los próximos días se le retire la sonda de alimentación que la mantiene viva.

Según el diario italiano 'Corriere della Sera' el padre de Eluana llegó en la tarde del martes a Udine, donde se reunió con el abogado Giuseppe Campeis, que después lo acompañó hasta la clínica 'La Quiete' para visitar a su hija. Poco antes había firmado los últimos documentos para autorizar que se paralice la alimentación de Eluana.

Eluana Englaro, de 38 años, se encuentra en estado vegetativo desde que sufrió un grave accidente automovilístico en 1992. El máximo tribunal de Italia falló el año pasado que se le puede permitir morir, pero la decisión fue disputada por políticos y religiosos y ha dividido a la opinión pública en este país católico.

Fuente:
http://www.elmundo.es/elmundo/2009/02/03/internacional/1233694214.html

Fisco sólo podrá abrir las cajas de seguridad si lo pide un juez

La Administración Federal de Ingresos Públicos aclaró ayer que no avanzará por sí sola en la apertura o el embargo de cajas de seguridad que posibles deudores impositivos tengan en los bancos. Sólo lo hará con previa intervención judicial, aseguró.

La aclaración salió publicada ayer en el Boletín Oficial y su difusión se vinculó con una información publicada por Clarín a mediados de enero. Este diario anticipó que el organismo recaudador pondría su lupa sobre las cajas en las que miles de argentinos guardan ahorros (declarados o no declarados al Fisco) hasta joyas, papeles y documentos privados.

Allí también se había revelado que la AFIP "invitaría" por carta a los titulares de las cajas de seguridad a participar del blanqueo de capitales lanzado a fines del año pasado. En la Argentina hay habilitadas medio millón de cajas de seguridad. Y el posible dinero que haya allí dentro podría oxigenar con sus impuestos a las complicadas finanzas del 2009.

La noticia de las cartas generó incertidumbre entre los dueños de las cajas, que son uno de los objetivos del Gobierno en lo que hace al blanqueo de capitales. Por eso la AFIP decidió aclarar hasta dónde está dispuesta a llegar.

La Corte debe resolver si es constitucional esa facultad de la AFIP. "No es que haya en la Corte un caso de una caja de seguridad", aclaró un prestigioso abogado que participó de uno de estos litigios.

A mediados del año pasado hubo una audiencia pública en el máximo tribunal en la que se discutió este tema. Se trata de un juicio iniciado por la AFIP contra una empresa llamada Intercop. En la Corte hay una decena de casos similares en los que se cuestionas las facultades concedidas a la AFIP.

Fuentes judiciales aclararon a Clarín que casi todos los casos llegados al máximo tribunal obedecen a empresas a las que la AFIP les embargó cuentas bancarias en base a esa discutida ley. Y en algún otro caso se trata de un embargo de bienes muebles o propiedades.

Fuentes de la propia AFIP admitieron que la norma publicada ayer es una "señal" a la Corte: "Vamos a hacer un ejercicio prudente de las facultades que tenemos para los embargos".

Fuente:
http://www.clarin.com/diario/2009/02/03/elpais/p-01851677.htm